RECIENTE FALLO DEL TDLC CONSOLIDARÍA CONTROL ABSOLUTO DE LA CUENCA DEL BAKER POR PARTE DE HIDROAYSÉN

En la cuenca del Baker no podrán sacar un vaso de agua sin el consentimiento de HidroAysén”. Fue ésta la reacción del abogado Marcelo Castillo al informarse sobre la sentencia emitida ayer por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que declaró prescrita la acción interpuesta por diversas organizaciones regionales para evitar que HidroAysén se adjudicara nuevos derechos de agua en el río Baker.

Tribunal de Defensa de la Libre Competencia declaró este jueves prescrita la acción interpuesta por pobladores y organizaciones regionales en 2009, sin entrar al fondo del asunto.

· Requerimiento buscaba “asegurar legalmente el suministro de agua para los habitantes de la zona, pero este fallo anula esa posibilidad” señalaron.

El profesional, en representación de la Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén, la Corporación Costa Carrera, la Escuela de Guías de la Patagonia, la Agrupación de Defensores del Espíritu de la Patagonia, Conservación Patagónica y Valle Chacabuco, además de pobladores de la cuenca del Baker, presentó el 10 de agosto de 2009 ante el TDLC un requerimiento en que acusaba a HidroAysén de crear “barreras de entrada a otros competidores y un monopolio” sobre las cuencas del Baker y el Pascua. Esto, por solicitar en estos ríos derechos de aprovechamiento sobre los caudales adicionales que se forman en tales cursos hídricos durante el invierno.

Para Castillo la gravedad de la decisión adoptada por el organismo se sustenta en que “la reserva de agua dulce más importante del mundo, después de la Antártica, queda de esta forma en manos de un consorcio extranjero, y no de las comunidades que habitan tal territorio y que dependen de ella".

Agregó que al decidir por forma, el tribunal “lo único que hace es favorecer los intereses monopólicos de Endesa e HidroAysén, en desmedro de los de las comunidades y personas afectadas, y de las futuras generaciones de ayseninos, particularmente en la cuenca de Baker, que no podrán acceder al agua sin el consentimiento de esta empresa”. Además, indicó, “en nuestra opinión tampoco corresponde la prescripción al existir solicitudes administrativas pendientes ante la DGA”, aludiendo así a que estas peticiones de derechos de agua aún no han sido autorizadas por dicho organismo, siendo esenciales para la materialización del proyecto puesto que son las que se utilizaron para elaborar el estudio de impacto ambiental de HidroAysén.

En tanto Patricio Segura, presidente de la Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén, calificó este fallo como “un escándalo”, puesto que “va en directo perjuicio de cientos de familias que han vivido décadas en el Baker, quienes hoy ven cómo el agua que ha fluido desde siempre por sus campos pertenece a una empresa trasnacional. Esta sentencia consolidaría el control absoluto de HidroAysén en la cuenca”.

Las oposiciones de HidroAysén

En distintas ocasiones HidroAysén se ha opuesto a que pobladores y empresarios locales constituyan derechos de agua en Aysén, argumentando que tales solicitudes afectarían sus derechos ya constituidos en los ríos Baker y Pascua (entre enero y marzo de 1990 la DGA adjudicó a Endesa un total 3 mil 155 metros cúbicos por segundo en ambos ríos) y los nuevos que están solicitando tanto para las represas que inyectarían energía al SIC como para materializar eventuales proyectos hidroeléctricos acordes con su oferta de “energía más barata”.

Uno de los afectados por este bloqueo para acceder al recurso hídrico es la Sociedad Comercial Mañihuales sobre cuyas 8 solicitudes en los ríos Viviano y Los Maitenes, de la comuna de Chile Chico, HidroAysén presentó su oposición en julio de 2010, siendo éstas en su mayoría peticiones de sólo entre 100 y 150 litros por segundo.

Una situación similar vivió Aurelio San Nicolás Rosique, quien pidió derechos de agua en el “Estero sin nombre” de la comuna de Cochrane por caudales de entre 11 y 25 litros por segundo. El 30 de julio de 2009 HidroAysén también presentó una oposición a que se le entregara el recurso hídrico.

Un tercer ejemplo son las “observaciones” de septiembre de 2009 que la empresa hiciera ante la DGA previniendo sobre la eventualidad incompatibilidad de los derechos de agua solicitados por Rosa Bahamonde Barría por 49 litros por segundo en el río Quetro, en la provincia de Aysén, con los que está solicitando la eléctrica en la misma cuenca.

Y son éstos sólo algunos de los casos en que esta empresa ha bloqueado a nuestra gente el acceso al agua; a empresarios locales y pobladores que vivían acá mucho antes de que los ejecutivos de Endesa y Colbún soñaran siquiera con venir a hacer sus negocios a costa de la región. El TDLC, con su sentencia, está validando esta injusta situación y poniendo en riesgo la supervivencia de nuestras comunidades, cuando la presentación sólo buscaba asegurar legalmente el suministro de agua para los habitantes de la zona, pero este fallo anula esa posibilidad” señaló Patricio Segura.


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