Empresa agrícola de la U. de Harvard que taló bosque nativo en Chiloé es sentenciada a pagar $4,2 millones

La Agrícola El Brinzal, propiedad de la Universidad de Harvard, fue denunciada por talar 58 hectáreas de bosque nativo y reemplazarlo por eucaliptus, vulnerando el plan de manejo original que exigía la reforestación con especies autóctonas. En esta columna, miembros de la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo informan que recientemente el Juzgado de Policía Local de Ancud sentenció a la empresa a reforestar sólo siete hectáreas y a pagar una multa de $4,2 millones. A juicio de los autores, “lo anterior es un ejemplo de cómo el sistema legal que resguarda nuestros bosques no es suficiente para asegurar su adecuada conservación”.
FUENTE: CiperChile

Hace algunos días el Juzgado de Policía Local de la comuna de Ancud, en Chiloé, falló una de las dos causas que la Corporación Nacional Forestal (CONAF) interpuso contra Agrícola El Brinzal, luego de la denuncia presentada por la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo en 2012 por tala ilegal de bosque nativo y posterior sustitución por plantaciones de eucaliptus.
A nivel público, el accionar de la empresa fue activamente denunciado por organizaciones locales debido a las implicancias que tienen este tipo de monocultivos sobre un ecosistema tan frágil como el chilote. Para los actores sociales locales inquietos por este bullado caso, la tala de bosque nativo y su remplazo por eucaliptus ejecutada por Agrícola El Brinzal una clara muestra de cómo el modelo de negocio forestal que tantos daños ambientales y sociales ha generado en la zona centro sur de nuestro país, se expande lenta pero peligrosamente en estas tierras insulares, sin que se evalúen sus consecuencias seriamente.
Una investigación periodística publicada por CIPER en marzo de este año (vea el reportaje “Empresa de la Universidad de Harvard es procesada por tala ilegal de bosque nativo en Chiloé”) reveló que Agrícola El Brinzal forma parte de un grupo mayor de empresas ligadas a la Universidad de Harvard y que cuenta con importantes inversiones forestales en otros países de Sudamérica, como Brasil y Argentina. En dichos países las empresas de la U. de Harvard también han sido acusadas de vulnerar los derechos de comunidades campesinas e indígenas. La publicación de CIPER motivó protestas en la comunidad académica de Harvard, difundidas mediante artículos y cartas a autoridades de esa universidad.
La sentencia del Juzgado de Policía Local de Ancud indica que Agrícola Brinzal efectivamente es culpable de no cumplir compromisos de reforestación con especies nativas. Cabe recordar y destacar, que los propietarios anteriores habían presentado planes de manejo forestales para aprovechar madereramente sus bosques. Dichos propietarios se comprometieron a que una vez manejadas tales superficies y en un período de dos años, debería establecerse una nueva regeneración con especies del mismo bosque de la zona. Según la legislación vigente, este compromiso de reforestación se traspasa al nuevo propietario tras una venta.
Entre los antecedentes que entregó CONAF para argumentar el daño que la empresa había causado, figuran los planes de manejo de cinco predios que indicaban el compromiso de reforestar con especies tales como Ulmo, Tepa, Canelo, Luma y Tepú. En lugar de ello, la empresa forestó con eucaliptus en 58 hectáreas. A partir de ello, CONAF propuso una multa de 870 UTM (unos $34.800.000, aproximadamente).
Lamentablemente, en la sentencia el juez sólo condenó a la empresa a reforestar con especies nativas apenas siete de las 58 hectáreas afectadas y a pagar una multa de 105 UTM (aproximadamente $ 4.200.000), es decir, menos del 10% de lo propuesto por CONAF. Según lo indicado en la sentencia, en el resto de la superficie cortada y sustituida el compromiso de reforestación estaba prescrito.
Sin lugar a dudas, este es un pésimo precedente, ya que establece que una vez pasado el plazo que la ley entrega para que CONAF fiscalice, la falta prescribe y no puede ser perseguida penalmente. Es relevante considerar que este tipo de bosques necesita de acciones que favorezcan su regeneración -como la reforestación, pero con especies nativas- y su recuperación, para que alcancen un estado similar al original. De lo contrario, y como resultado de la prescripción enunciada por el dictamen del juez, los bosques se siguen degradando y son amenazados por procesos de deforestación, como en este caso, donde simplemente se sustituyen por especies exóticas. Y como corolario, probablemente la multa a la empresa será ingresada a la columna de sus “costos de la inversión” y el daño ambiental causado se seguirá profundizando.
Todo lo anterior es un ejemplo de cómo el sistema legal que resguarda nuestros bosques no es suficiente para asegurar su adecuada conservación, lo que se agrava cuando los causas son sancionadas en Juzgados de Policía Local por jueces no especializados y, por lo tanto, incapaces de dimensionar la magnitud de los daños. Es de esperar que la  apertura del  tribunal ambiental de la zona modifique esta tendencia.
La actual institucionalidad es también insuficiente para resguardar la adecuada conservación del bosque, pues no cuenta con un servicio forestal robusto que, por ejemplo, contenga  mecanismos modernos de monitoreo forestal para  anticiparse a este tipo de hechos, que no son aislados y se repiten en gran parte de los bosques del sur de Chile. Hay que recordar que en la actualidad gran parte de las causas que persigue CONAF se originan en denuncias realizadas por terceros. Es decir, si las organizaciones locales y particulares no realizan monitoreo ciudadano, este y otros casos no serían revelados.

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