Gobierno expone a Ralco y Colbún a multas al clasificarlos como embalses de contención

Aplicación de la ley de embalses incluyó a ambos complejos como críticos para IMPEDIR inundaciones
FUENTE: Diario Financiero/Emilio Maldonado Q.
Luego de las inundaciones registradas en 2006, el gobierno de Michelle Bachelet, a través del Ministerio de Obras Públicas, decidió promover un marco legal que permitiese registrar a todos los embalses del país, para luego definir cuáles serían catalogados como clave a la hora de evitar desastres.
La normativa, conocida como Ley de Embalses (N° 20.304 de octubre de 2008), centraliza bastante de las funciones de contención en la Dirección General de Aguas (DGA), entidad dependiente del MOP que debe realizar un catastro, para luego exigir a ciertas compañías que mantengan sistemas de emergencia para evitar que sus embalses, tranques o centrales hidroeléctricas perjudiquen a la población "aguas abajo".
Luego de casi dos años, la actual administración terminó dicho censo y se concluyó que, de todos los embalses que hay en el país, sólo dos pueden ser considerados como "de contención": Ralco y Colbún, en la zona central del país.
La definición de estos dos proyectos es recién el primer paso de esta ley que data de 2008, y que a partir de la notificación de las empresas, las expone a multas de hasta US$ 8,5 millones (cada una) en caso de no cumplir con las exigencias que trae consigo este nuevo estatus.
Entre mayo y junio la DGA notificó a ambas empresas -Endesa (Ralco) y Colbún (Colbún)- del estado de sus embalses, momento en el cual comenzó a correr el plazo para que éstas entreguen los manuales de operación, mecanismo bajo el cual las empresas informarán las vías de acción ante emergencias.
Según expresaron en la DGA, el plazo para Ralco vence en agosto (al haber sido notificados en mayo) y para el embalse Colbún el vencimiento será en septiembre.
Una vez que la Dirección de Aguas vise las propuestas de las empresas y las mitigaciones que realizarán para evitar daños, comenzará el trabajo con la Onemi, para permear toda información y los planes de acción a las autoridades de la zona.
Esta ley, en términos simples, establece los niveles que deben tener los embalses en casos de crecidas, una suerte de "colchón" para impedir que el embalse drene sus aguas en la cuenca, afectando a los pueblos de sus riberas.
¿Sólo dos embalses?
De no acatar el procedimiento, las compañías arriesgan a multas que van desde las 200 UTA (US$ 170 mil) hasta las 10.000 UTA (US$ 8,5 millones).
En paralelo a este proceso, la misma ley creó la instancia para inscribir a otros proyectos en el Catastro Público de Aguas (CPA) de la misma entidad, proceso que lleva a 14 inscritos, los cuales no serán incluidos como embalses de contención, ya que no revisten riesgos "aguas abajo".
Según comentaron en la entidad pública, por el momento serán estos dos embalses bajo esta clasificación, pero los nuevos proyectos podrían caer también en ella, dependiendo de cada realidad.

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