Luego de la formalización, el imputado Alberto Quiñones junto al ex gerente de Proyecto Alejandro Amenábar suscribieron un acuerdo reparatorio con Conaf y Bienes Nacionales que los obliga a presentar un plan de manejo forestal de corrección, que deja sin efecto la transacción extrajudicial a la que las partes llegaron en julio de 2008.
El director regional de Codeff, Peter Hartmann, relevó que fue gracias a la denuncia ciudadana que se derivó en esta medida, quedando “demostrado que tanto la dirección regional de Conaf como la seremi de Bienes Nacionales no estaban cumpliendo con la función de proteger el patrimonio de todos los chilenos al llegar al primer arreglo con Energía Austral en 2008, toda vez que hoy tenemos un acuerdo reparatorio que es muchas veces superior que el que se aprobó en un principio”.
Luego de más de cinco meses desde la primera audiencia convocada por la magistrado Rosalía Mansilla del Juzgado de Garantía de Puerto Aysén, este lunes definitivamente se logró formalizar al gerente general de Energía Austral, Alberto Quiñones Moraga, por el delito de tala ilegal de bosque nativo sin plan de manejo aprobado por Conaf en unas 10 hectáreas de superficie en el sector del río Tabo (a 15 kilómetros de Puerto Aysén), hechos ocurridos entre mayo y junio de 2008. De esta forma concluyó la prosecución del ilícito cometido materialmente por la empresa Besalco (por mandato de la sociedad hidroeléctrica) en el marco de la construcción de un camino necesario para avanzar en los estudios del proyecto de represa río Cuervo, en la Región de Aysén, el cual aún no cuenta con estudio de impacto ambiental aprobado por la Comisión Regional del Medio Ambiente (Corema).
La primera audiencia de formalización fue convocada para el 30 de septiembre de 2008, la cual debió ser postergada ya que tanto Quiñones como el otro imputado en la causa, el ex gerente de Proyecto de la empresa Alejandro Amenábar Tirado, no habrían podido ser previamente localizados en Santiago. Luego de varios meses de postergaciones, el 5 de enero de logró realizar el trámite sólo con respecto de Amenábar –en cuyo caso se dio al Ministerio Público dos meses para llevar adelante la investigación- ya que la defensa de Quiñones aludió en la ocasión que éste se encontraba fuera del país, estableciendo la jueza Mansilla el 8 de febrero como nueva fecha para tal audiencia, la cual en su momento fue nuevamente postergada al alegar los abogados del gerente general de Energía Austral que éste estaba de vacaciones. En paralelo a estas dilaciones los imputados mantenían conversaciones con Conaf y la seremi de Bienes Nacionales con el fin de llegar a un acuerdo reparatorio.
La investigación penal se originó en la denuncia que el director de la filial Aysén del Comité pro Defensa de la Flora y Fauna (Codeff), Peter Hartmann, realizara el 3 de julio de 2008 y que tenía por objetivo que el delito de corte ilegal de bosque nativo por parte de la empresa no se solucionara sólo a nivel del juzgado de Policía Local de Puerto Aysén, ya que sólo días antes de dicha presentación tanto Energia Austral como Conaf y Bienes Nacionales habían llegado a una transacción extrajudicial que en opinión de la organización ambiental era ilegal, cuestionable y no resarcía en propiedad la lesión que la empresa había ocasionado al patrimonio fiscal. En este acuerdo original les exigía sólo reforestar igual cantidad del terreno, únicamente con dos especies nativas, con una baja densidad de plantas por hectárea e incluso en predios de la propia compañía.
Estas obras se incluían en un convenio suscrito en noviembre de 2006 entre Energía Austral, Vialidad y la seremi de Obras Públicas, dirigida a la fecha por el saliente intendente y presidente de la Corema, Selim Carrasco Lobo, quien hoy encabeza el proceso de evaluación del estudio de impacto ambiental que la sociedad ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en agosto de 2009.
Un deficiente acuerdo reparatorio preliminar
Un deficiente acuerdo reparatorio preliminar
El acuerdo reparatorio que se formalizó este lunes deja sin efecto dicha transacción obligándose la sociedad a presentar un plan de manejo de corrección que contemplará, entre otros aspectos, que la reforestación se realizará en 22,24 hectáreas de terreno (y no las poco más de 10 originales), que la cobertura del suelo deberá tener una densidad de 3 mil plantas por hectárea (el acuerdo original consistía en 1.666 plantas por hectárea), con especies del mismo tipo forestal intervenido correspondiente a siempreverde como canelo, coigüe, mañío y tepa, entre otros, además de ciprés de Las Guaitecas (en el acuerdo original sólo se consideraba ciprés y coigüe) y que deberá realizarse en terreno fiscal de características similares al dañado.
Energía Austral tendrá tres meses para presentar este plan de manejo de corrección, toda vez que Bienes Nacionales calcula que en un mes más estará en condiciones de informar sobre el predio en que se debieran realizar las plantaciones, las cuales serán fiscalizadas por Conaf. El Ministerio Público, que solicitó la formalización de los imputados, no presentó objeciones al acuerdo, en tanto que el abogado procurador fiscal del Consejo de Defensa del Estado Carlo Montti desistió a fines de diciembre de hacerse parte en la investigación. En caso de no cumplirse lo estipulado, se estará en condiciones de iniciar un juicio oral en contra de los imputados que con esta medida reconocieron la comisión del delito.
“En primer lugar ha quedado demostrado que lo que ocurrió en el sector de Puerto Aysén fue un ilícito grave, en el cual se vulneró la legislación vigente por parte de una empresa que a sabiendas hizo caso omiso de la obligación que tienen de operar con planes de manejo aprobados, con lo cual se protege el bosque nativo y el medioambiente” expresó el Peter Hartmann a la salid del tribunal. Agregó que “además quedó demostrado que tanto la dirección regional de Conaf como la seremi de Bienes Nacionales no estaban cumpliendo con la función de proteger el patrimonio de todos los chilenos al llegar al primer arreglo con Energía Austral en 2008, toda vez que hoy tenemos un acuerdo reparatorio que es muchas veces superior que el que se aprobó en un principio. Lamentable que en definitiva haya sido gracias a la acción de la ciudadanía que se llegase a este resultado y no porque los funcionarios públicos cabeza de dichos servicios se comprometieran con el rol que les corresponde como garantes del patrimonio fiscal”.
De todas formas y más allá de esta resolución, queda pendiente el fallo de la Corte de Apelaciones de Coyhaique en el sentido de aceptar o rechazar la admisibilidad de una querella por daño ambiental interpuesta por Codeff Aysén, la cual de acogerse generará una nueva arista en términos de perseguir en última instancia la responsabilidad de la empresa y sus representantes en el mencionado ilícito.
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